leyes que amparan los retrasos en los contratos de obra

La penalización por retraso en el contrato de obra: qué dice la ley y cómo reclamarla

En IENE Abogados sabemos que uno de los principales problemas en cualquier reforma o construcción no es solo la calidad de los trabajos, sino el retraso en la entrega de la obra. Un plazo incumplido puede implicar la imposibilidad de usar la vivienda, gastos adicionales e incluso perjuicios económicos graves para el propietario.

Por ello, queremos explicarte cómo funcionan las cláusulas de penalización por retraso en contratos de obra, qué ocurre si el retraso no es culpa exclusiva del contratista y cómo reclamar una indemnización por incumplimiento de plazos.

¿Qué es la cláusula de penalización por retraso en una obra?

La cláusula penal por retraso es una condición habitual en contratos de obra o reforma. Consiste en fijar una fecha límite de finalización de los trabajos y establecer una sanción económica para el contratista si no cumple ese plazo.

Por ejemplo: el contrato puede estipular que, por cada día de retraso en la entrega, el constructor pagará 100 € diarios. Esta medida cumple dos funciones:

  • Compensar los daños y perjuicios sufridos por el propietario.
  • Incentivar el cumplimiento de plazos y evitar compromisos de entrega poco realistas.

¿Qué ocurre si el retraso no es solo responsabilidad del contratista?

¿Qué pasa cuando hay un retraso de obra?

Aquí surge el principal problema. No todos los retrasos son imputables al constructor.

Ejemplo: si el propietario solicita cambios en el diseño de los baños a mitad de la obra, el retraso no debería atribuirse al contratista.

La situación se complica aún más cuando existen retrasos compartidos: una parte se debe a decisiones del propietario y otra a la contrata. En estos casos resulta difícil calcular con precisión qué parte del retraso corresponde a cada uno, lo que complica la aplicación de la cláusula penal.

Cómo evitar conflictos con el contratista

En nuestra experiencia en IENE Abogados, la mejor forma de evitar problemas es prevenirlos desde el inicio. Para ello recomendamos:

  • Documentar por escrito cualquier modificación solicitada durante la obra.
  • Acordar un nuevo calendario de entrega con cada cambio.
  • Firmar un contrato detallado, que incluya plazos, penalizaciones y condiciones claras.

De esta manera se reduce el margen de interpretación y se facilita la aplicación de la cláusula penal si fuese necesario.

¿Se puede reclamar una indemnización sin cláusula penal?

Sí. Incluso si no existe una cláusula expresa en el contrato, el propietario puede reclamar daños y perjuicios por retraso en la obra.

El inconveniente es que la valoración de los perjuicios no siempre es sencilla: habrá que demostrar con facturas o pruebas los gastos ocasionados por el retraso (alquiler de vivienda temporal, guardamuebles, pérdida de ingresos, etc.).

Por eso, incluir una cláusula de penalización en el contrato es una forma más práctica y objetiva de anticipar la compensación.

¿Qué recomendación te damos en IENE?

Las cláusulas de penalización por incumplimiento de plazos en obras son una herramienta útil para garantizar que el constructor cumpla con sus compromisos. Sin embargo, en la práctica, su aplicación puede ser compleja cuando los retrasos no son solo responsabilidad de la contrata.

En IENE Abogados analizamos tu contrato y las circunstancias de tu caso para ayudarte a reclamar la indemnización por retraso en obra que legalmente te corresponde. Nuestro equipo está especializado en derecho civil y defectos constructivos, y te ofrecemos un asesoramiento completo y personalizado.

Si tu reforma se ha retrasado más de lo previsto, contáctanos y estudiaremos tu caso sin compromiso.


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Iván López Fernández

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