Indemnización por retraso en la obra
Efectivamente, una cláusula más o menos habitual en los contratos de obra (insistir una vez más en la importancia de firmar un contrato de obra como ya recomendamos en su día: es aquella relativa a las penalizaciones por retraso en la finalización de las obras o incumplimiento contrato reforma vivienda, de forma que se establece una fecha límite para la finalización de las obras y puesta a disposición de la vivienda a partir de la cual, si la obra no ha finalizado, se impone una “sanción” al contratista (por ejemplo, 100 € por día de retraso) que servirá, por un lado, para compensar los daños causados al propietario y por otro para, de alguna manera, “animar” al contratista a cumplir con los calendarios pactados o impedir que se comprometan plazos de entrega irrealizables.

Hasta este punto todo parece fácil y fácilmente objetivable, pero el problema viene dado cuando los retrasos no son únicamente imputables al contratista. Pensemos por ejemplo que durante la obra cambiamos de opinión respecto al diseño de los cuartos de baño. Ello seguramente conllevará un retraso en la finalización de los trabajos que a priori no podríamos achacar a la contrata ni por tanto aplicar la cláusula penal por retraso. Y la situación se complica aún más cuando a “nuestro cambio de opinión” que genera un retraso, se suman otros hechos o circunstancias sí imputables al constructor y que también provocan desvíos en el calendario, pues en este caso ya resultaría muy complicado, sino imposible, deslindar cuanto retraso debe imputarse a una parte y cuanto a otra y por lo tanto seria imposible aplicar la cláusula penal.
Una forma de evitar lo anterior pasaría por documentar esos cambios solicitados una vez iniciada la obra, determinar qué retraso producen, y consensuar con el constructor un nuevo plazo de entrega. Todo ello, claro, deberá reflejarse por escrito.
Como resumen de todo lo anterior, podemos concluir que las penalizaciones por retraso pactadas en un contrato de obra puede ser un instrumento muy útil para instar a la contrata a respetar sus compromisos, pero en muchas ocasiones y dado que una obra no siempre ser un “camino recto y previsible” no será fácil probar que el retraso es solamente imputable a ella, por lo que la efectiva aplicación de penalización puede ser complicada.
SI tienes alguna duda respecto a respecto a la posibilidad de imponer al contratista una penalización por incumplimiento de plazo no dudes en contactarnos, y nuestros abogados especialistas en defectos constructivos analizarán tu caso sin compromiso.